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año:2011
 
institución:MUNICIPALIDAD DE SAN MATEO
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 11126 09 de noviembre, 2011 DJ-1240-2011 Licenciado Jairo Emilio Guzmán Soto Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE SAN MATEO Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta de la Municipalidad de San Mateo sobre criterio para mejor proveer en un procedimiento administrativo por falta de competencia y caso concreto. Se refiere este Despacho a su oficio número AMSM/475-11 fecha 24 de octubre de 2011, recibido en esta Contraloría General el pasado 25 de octubre, por el cual se solicita criterio para mejor proveer en un procedimiento administrativo seguido por esa Municipalidad denominado “anulación de acto y reintegro de dinero”. Con respecto a la solicitud que usted formula, le indicamos que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, número 7428 del 07 de setiembre del año 1994, y la circular número CO-529, publicada en La Gaceta número 107 del 05 de junio del año 2000, denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, la gestión que se nos formula no se ajusta a los términos de la normativa. Por medio de la vía consultiva esta Contraloría General no está facultada para resolver casos ajenos a sus competencias, según el artículo segundo de la circular citada que dispone: “La Contraloría General de la República evacuará las consultas en forma escrita, siempre que versen sobre materias propias de sus competencias constitucionales y legales y no traten sobre situaciones concretas que debe resolver la institución solicitante.”. Así la función consultiva se circunscribe a la emisión de criterios de carácter general, sobre aspectos técnico-jurídicos y no sobre las gestiones específicas atinentes al ente consultante. Al tratarse en sentido estricto de un procedimiento administrativo seguido por esa Municipalidad relacionado con la anulación de un acto y el ...
Fecha publicación: 07/11/2011
Fecha emisión: 04/11/2011
Documento: 11126-2011.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN MATEO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE CONTRARACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 08071 29 de agosto, 2011 DCA-2206 Señor Heriberto Berrocal Carvajal Unidad de Proveeduría Municipalidad de San Mateo Estimado señor: Asunto: Se emite criterio en relación con la consulta respecto a la aplicación del artículo 200 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, que prevé la potestad de la Administración para efectuar modificaciones unilaterales a los contratos. Damos respuesta a su oficio MSM-PM-83-2011 de fecha 11 de agosto del 2011, de recibo en esta Contraloría General en la misma fecha, mediante el cual consulta lo siguiente: II..-- MMoottiivvoo ddee llaa CCoonnssuullttaa:: Indica la Administración que existe duda en cuanto a la aplicación del artículo 200 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, que prevé la potestad de la Administración de efectuar modificaciones unilaterales a sus contratos. Ya que explican que tramitaron una licitación para el transporte, tratamiento y disposición final de los desechos sólidos del cantón, misma que fue adjudicada, sin embargo la Administración se encargaba de hacer la recolección de los desechos con su propia vagoneta y mano de obra y luego la adjudicataria transportaba la basura para su tratamiento, sin embargo la vagoneta municipal utilizada para prestar el servicio de recolección se dañó y fue necesario contratar directamente a un particular para que prestara el servicio de recolección con la mano de obra municipal. La adjudicataria del servicio de transporte, tratamiento y disposición de basura, está de acuerdo en ampliar el contrato, de manera que les corresponda efectuar también el servicio de recolección con personal propio y no municipal, con lo cual aumentaría el monto anual del contrato y se economizaría el pago que actualmente se hace a los trabajadores que recogen la basura. IIII..-- CCrriitte ...
Fecha publicación: 01/09/2011
Fecha emisión: 29/08/2011
Documento: 08071-2011.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN MATEO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 03093 4 de abril de 2011 DJ-0375-2011 Señor Lic. Heiner Miranda Jiménez Coord. Administración Tributaria Municipal MUNICIPALIDAD DE SAN MATEO Estimado señor: Asunto: Consulta relacionada con la unidad de gestión ambiental. Se refiere este Despacho a su oficio número MS-TRIB 26-2011 recibido el pasado 25 de marzo, mediante el cual solicita criterio sobre un punto en específico: “Si los costos que genere la unidad de gestión ambiental derivada del artículo 8 inciso c) de la Ley 8839 pueden ser trasladados al contribuyente en la tarifa de recolección de basura considerándose éstos costos como un costo directo de la gestión ambiental, esto por cuanto no contamos con los recursos para la creación de la unidad de gestión ambiental y así cubrir los costos que esta generaría”. CRITERIO DEL DESPACHO En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000, el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas. Este proceder, se funda en el interés de no sustituir a las entidades consultantes en la solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que genera emitir un pronunciamiento en punto a situaciones o casos específicos cuyas particularidades y detalles se desconocen, lo cual imposibilita rendir un criterio completo y suficientemente informado. Ahora bien, interesa señalar que en la Circular antes relacionada se establecen algunos requisitos de obligado cumplimiento al momento de remitir una consulta a la Contraloría General, dentro de los que destaca que la consulta no debe estar referida a ...
Fecha publicación: 07/04/2011
Fecha emisión: 04/04/2011
Documento: 03093-2011.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN MATEO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


R-DCA-112-2011 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del siete de marzo de dos mil once.--------------------------------------------------------- Recursos de apelación interpuestos por Agrupador de Maquinaria y Vehículos MAGRUVEH, S.A. y Tecnocamiones, S. A., en contra del acto de adjudicación de la línea 1 y contra de las líneas 1 y 2, respectivamente, de la Contratación Directa No. 2010CD-000056-09, promovida por la Municipalidad de San Mateo, para la adquisición de una vagoneta tándem reconstruida con eje retráctil, acto recaído en cuanto a la línea 1 en favor de la empresa Cabezales y Repuestos Jiménez, S. A., por un monto de US$57.000,00 y en cuanto a la línea 2, a saber, una motoniveladora reconstruida, acto dictado a favor de Inversiones Rosavi, S.A., por un monto de US$140.000,00.--------------------------------------------------------- RESULTANDO I.- La empresa MAGRUVEH, S.A presentó recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de la línea 1 de la referida contratación directa, indicando entre otras cosas que las firmas adjudicatarias y Tecnocamiones, S.A. incumplen técnicamente. Además, cuestiona que tanto el equipo de la adjudicataria como de Tecnocamiones son vehículos año 2000, lo que significa que se construyeron en el año 1999 y al año 2011 tendrían 12 años de fabricación.--------------------------------------------------------------------------- II. La empresa Tecnocamiones, S.A presentó recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de las líneas 1 y 2 de la referida contratación directa, donde señala, entre otras cosas, que el equipo de Cabezales y Repuestos Jiménez, S.A cotizó el modelo RD 688S, el cual es un modelo descontinuado. En igual sentido, señala que Rosavi, S.A. ofertó una motoniveladora Caterpillar 120 H, año 2002, con 10.611 horas, equipo que debería ser reconstruido totalmente según las especificaci ...
Fecha publicación: 10/03/2011
Fecha emisión: 07/03/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN MATEO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Tesauro: Fundamentación del recurso de apelación